Condiciones de uso
1.- El primer mes de renta se paga por adelantado y a la firma del contrato, momento en el que además se pagará una mensualidad en concepto de fianza para responder a los perjuicios que se pudieran derivar por el incumplimiento del contrato por parte del cliente, cantidad que será devuelta una vez finalice el contrato. 2.
- El cliente recibe el espacio por alquiler Alquileres Alonso Lorente C.B limpio y con dos llaves que le permiten su acceso exclusivo y se obliga a devolverlo en las mismas condiciones. Las llaves de acceso son únicas y cuestan 15 Euros cada una en caso de pérdida o extravío. El cliente autoriza a Alquileres Alonso Lorente C.B a cobrarlas de la cantidad entregada en garantía. Se podrá debitar de la cuenta del cliente la cantidad necesaria para restablecer el trastero a su estado original si el espacio no fuese devuelto en condiciones. 3.
- El cliente se hace responsable de los objetos que guarde en el espacio arrendado. Se obliga a no guardar mercancías cuya tendencia sea ilícita, perecederas, sustancias o elementos explosivos, inflamables, fétidos, corrosivos, tóxicos, con grado de peligrosidad 1, 2 o 3 según catálogo CEA, con potencia calorífica superior a Mcal/Kg o cualquier otro material u objeto cuya guarda resulte peligrosa o pueda suponer un peligro potencial para la salud pública, el entorno o las personas usuarias de la nave. Alquileres Alonso Lorente C.B tiene un seguro contratado de responsabilidad civil. El cliente declara que el valor máximo de los objetos y mercancías que almacenará en cada trastero no excederá en ningún caso de los 3000 Euros que Alquileres Alonso Lorente C.B tiene asegurados por espacio, y si dicha mercancía supera la cantidad asegurada contratará aparte un seguro por el valor de la mercancía. 4.
- Alquileres Alonso Lorente C.B facilitará una llave de acceso a la nave que alberga los trasteros. Una llave por cerradura. El cliente, autoriza a la empresa a devengarse de la cantidad de 12 euros de la fianza depositada en caso de pérdida o extravío o deterioro de las mismas. 5.
- Queda prohibido el realquiler de los espacios. 6.
- El contrato podrá ser resuelto por el cliente con un preaviso mínimo de 30 días a la fecha del vencimiento. También podrá ser resuelto por Alquileres Alonso Lorente C.B avisando al cliente con 30 días de antelación en caso de incumplimiento de la obligación de pago, en cuyo caso:
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- Alquileres Alonso Lorente C.B podrá impedir al cliente el acceso al trastero hasta el momento en el que se ponga al corriente en el pago. El ejercicio de esta facultad queda expresamente consentido por el cliente que renuncia a reclamar el resarcimiento de cualquier perjuicio que pudiera derivarse para el de la prohibición del acceso al trastero.
- Un mes de incumplimiento será suficiente para ejercitar el derecho a la resolución y a exigir el pago de las rentas correspondientes al alquiler del trastero incrementadas en un 5%/mes en concepto de penalización, hasta el completo pago de las rentas vencidas y no pagadas y/o hasta el momento en que por sí mismo retire las mercancías y deje expedito el trastero.
- La resolución se notificará al cliente en el domicilio reseñado en el contrato de alquiler.
- Comunicadas al cliente la citada resolución, deberá aquel, en el plazo de siete días desde la recepción de dicha comunicación dejar libre y expedito el trastero y entregadas a Alquileres Alonso Lorente C.B las llaves de acceso al trastero y las llaves de acceso a la nave principal previo pago de las rentas vencidas y no pagadas.
- Trascurrido dicho plazo, podrá Alquileres Alonso Lorente C.B tomar por sí mismo posesión del trastero, abrir el espacio en presencia de dos testigos, sustituir su cerradura o candado y previa confección de inventario de los objetos que se hallen, trasladar los mismos a otro emplazamiento, sin necesidad de ningún otro requerimiento o notificación al cliente. Este almacenamiento excepcional devengará a cargo del cliente, un coste igual al del arrendamiento del espacio desalojado incrementado en un 5% en concepto de penalización más gastos de traslado.
- Trascurrido un plazo de tres meses sin que el cliente hubiera compadecido a retirar sus mercancías, previo pago en su caso, de las rentas vencidas y no pagadas y del coste de almacenamiento, podrá Alquileres Alonso Lorente C.B darles el destino que tuviera por conveniente, pudiendo inclusive dejarlos en la calle donde está situada la nave que alberga los trasteros o ponerlos a disposición del cliente en el domicilio señalado por éste, lo que se comunicará previamente al cliente. Así mismo podrá Alquileres Alonso Lorente C.B desprenderse de los bienes que se encuentren en el interior del trastero en cada momento mediante su enajenación a un tercero incluida su venta en pública subasta y aplicar el producto de la misma a la satisfacción de las rentas adeudadas, coste de almacenamiento al que se refiere el punto anterior, incluidos los gastos del traslado y gastos de la venta. El remanente si lo hubiere lo conservará o depositará Alquileres Alonso Lorente C.B a disposición del cliente siendo notificado dicho extremo al cliente.
- Si Alquileres Alonso Lorente C.B no hiciera uso de del derecho de retirar las mercancías y recuperar la posición del trastero establecido en el punto anterior, en cuyo caso, el cliente deberá abonarle las rentas correspondientes al alquiler del trastero incrementadas en un 5% en concepto de penalización hasta el momento en que por sí mismo retire las mercancías y deje expedito el trastero.
- Las facultades reconocidas Alquileres Alonso Lorente C.B en los puntos anteriores tendrán la consideración de derecho de retención en prenda sobre las mercancías almacenadas, derecho que el cliente le confiere expresamente en la firma del contrato y que se regirá por lo establecido en el mismo y, en su defecto, y por analogía, por lo establecido en el Código Civil para el caso del depósito.
- El cliente acepta expresamente este procedimiento y renuncia a cualquier reclamación derivada de su reclamación. El cliente autoriza a Alquileres Alonso Lorente C.B a entrar en el trastero en caso de fuerza mayor.
- En caso de conflicto sobre el cumplimento del contrato las partes se someterán a la jurisdicción de los juzgados del partido donde se encuentra situado el edificio, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle. K
- Alquileres Alonso Lorente C.B se reserva el derecho a decidir el cobro de los gastos bancarios derivados de recibos impagados por parte del cliente.